Contraloría Distrital de Buenaventura

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Los organismos de control cumplen la misión de prevenir el mal uso de los bienes del Estado; de ejercer el control disciplinario del servidor público; y de velar por la promoción y protección de los Derechos Humanos. Estas funciones son realizadas por la Contraloría, Procuraduría, Personería y Defensoría del Pueblo.

Es importante para los representantes de estos Entes de Control resaltar la ardua labor que ha venido realizando el Gobierno Nacional con la intervención militar y social al Distrito de Buenaventura como respuesta a la ola de violencia y a los problemas económicos por los que atraviesa la ciudad puerto.

Sin embargo, en este proceso se desconoce las acciones emprendidas por la Contraloría, Personería, Defensoría del Pueblo y la Procuraduría del Distrito de Buenaventura. Se emiten numerosos comunicados a nivel regional y nacional sobre la dramática situación del principal puerto sobre el pacífico, apoyados con los informes dados por el Ministerio Público o por el Ente Fiscalizador, sin resaltar que son resultado de un trabajo realizado en cumplimiento de su misión, y que son insumos empleados por funcionarios de orden nacional para proyectar sus exposiciones y/o posiciones.

Es triste ver que se hacen publicaciones donde se expresa de manera reiterada que, “El Silencio de los Organismos de Control Impera en el Distrito de Buenaventura frente a los actos de corrupción cometidos por los Gerentes Públicos”, no se trata de generalizar y de puntualizar situaciones en las que dejan en entredicho la labor que ejercen los Entes de Control en el Distrito.

En innumerables ocasiones la comunidad y los medios de comunicación reclaman acciones concretas de los órganos de control en materia de conocer culpables y que se les dé medida de aseguramiento por los delitos cometidos ya sea al patrimonio público o por una acción disciplinaria o vulneración a sus derechos.

En este sentido, la Ley 610 de 2000 en su artículo 20 establece el Principio de Reserva Sumarial, esto quiere decir que ningún funcionario podrá suministrar información, ni expedir copias de piezas procesales, salvo que las solicite autoridad competente para conocer asuntos judiciales, disciplinarios o administrativos. El incumplimiento de esta obligación constituye falta disciplinaria, la cual será sancionada por la autoridad competente con multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos mensuales. Los sujetos procesales tendrán derecho a obtener copia de la actuación para su uso exclusivo y el ejercicio de sus derechos, con la obligación de guardar reserva sin necesidad de diligencia especial.

Así mismo, el artículo 21 de esta misma ley establece que: Si con ocasión del adelantamiento de los procesos, se advierte la comisión de hechos punibles o faltas disciplinarias, el funcionario competente deberá dar aviso en forma inmediata a las autoridades correspondientes, que es lo que hacemos en la Contraloría Distrital realizar traslados de los hallazgos penales, disciplinarios y administrativos a las entidades competentes para que continúen el curso de la investigación.

En cuanto a los Hallazgos Fiscales son tratados en la entidad de control y no podemos emitir un comunicado de estos procesos hasta tanto no culmine el mismo, puesto que se le debe garantizar el debido proceso a los posibles culpables de dicho detrimento.

Muchos se preguntarán ¿el por qué no se publica la lista de los presuntos responsables?, pero no se puede hacer ya que la Ley lo prohíbe, y en la actualidad los Procesos de Responsabilidad Fiscal que cursan en la Contraloría Distrital no avanzan por los siguientes aspectos:

No se cuenta con abogados de oficio

Cuando se cuenta con todas las herramientas incluidas el debido proceso, nos encontramos con la sorpresa de que el presunto responsable no se encuentra laborando y no cuenta con bienes que sean susceptible de embargar.

En muchas ocasiones los procesados no cuentan con ningún bien a su nombre y algunos de estos procesados no se presentan a la notificación del auto de apertura del proceso de responsabilidad fiscal.

Estas son las dificultades que se presentan en la Contraloría por esta razón, no se puede avanzar en dichos procesos porque incurriríamos en errores que podrían resultar demandados por los presuntos implicados. Es así que, el Ente de Control está adelantando gestiones para minimizar este riesgo, por ello, realizará un Convenio con la Universidad Central del Valle de Tuluá (UCEVA), para realizar las audiencias virtuales, y así mismo, está en la espera del que el Concejo Superior de la Judicatura organice una lista de abogados de oficio.

Igualmente, vale la pena precisar que las presuntas irregularidades de carácter disciplinario y penal han sido trasladadas por este despacho a la Procuraduría Provincial de Buenaventura y a la Fiscalía General de la Nación, para que investiguen de fondo lo que hemos detectado en los procesos auditores.

Es de anotar, que estos organismos son independientes en los procesos de investigación y decisiones de fondo.

Debido a todos los problemas que presentan el Distrito de Buenaventura en materia de corrupción, los organismos de control de la ciudad conformaron el Comité de Moralización integrado por: Personería, Contraloría, Defensoría del Pueblo y la Procuraduría Provincial; el cual viene funcionando desde el año 2012, con el propósito de buscarle posibles soluciones a dichas problemáticas.

Este comité presidido por la Contraloría Distrital quiere hacer una claridad sobre las acciones adelantadas por este comité en el cumplimiento del derecho colectivo que tiene la población de Buenaventura con el agua potable y Saneamiento Básico, dado las últimas informaciones no precisas sobre tan delicado y susceptible tema.

La Contraloría Distrital ha sido reiterativa sobre este caso, puesto que a través de las auditorías que hemos hecho se han detectado algunas irregularidades, que en su momento, se han dado a conocer.

Las Auditorías realizadas a la SAAB siempre han reflejado los problemas que tiene esta entidad con la contratación y terminación de las obras, Por ejemplo, en la auditoría que practicamos en la vigencia 2013 para revisar el año fiscal 2012 nos encontramos:

Con 57 Presuntos Hallazgos; de los cuales:

(8) son Administrativos,

(14) tienen incidencia Fiscal por valor de $58.300.985.259,45,

(28) incidencia Disciplinaria.

(4) con incidencia Penal, y

(3) Sancionatorios

En los Contratos revisados en esta Auditoría, se observó que la SAAB no se exigió a los contratistas la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, no se realizaron revisiones periódicas a la obra ejecutada.

La Sociedad de Acueducto y Alcantarillado de Buenaventura, durante la Vigencia 2011 celebró 19 Contratos de Obra por valor de $28.221.897.037, con recursos del Crédito realizado por el Distrito de Buenaventura con la firma Alianza Fiduciaria, obras que hasta el momento no han sido entregadas, el plazo contractual fijado inicialmente no se cumplió, debiendo realizar prorrogas y suspensiones de los mismos.

Se evidenció que HIDROPACIFICO S.A. E.S.P. solo ha invertido la suma de $6.441.524.324.56, que equivale al 10.81% de $59.611.452.499 recaudados por concepto de CMI del 2002 al 2012 presentándose un excedente por acueducto de $34. 423.748.530.00 y por alcantarillado de $18,748,179,648.45 para un total de $53.171.928.178.45 recursos que no fueron invertidos ni trasladados a la Fiducia, generando un Daño al Patrimonio Público, lo cual tipificamos como un hallazgo fiscal, disciplinario y penal.

Cabe destacar, que mediante OTRO SÍ, la Junta Directiva le otorgó la Facultad a Hidropacifico de quedarse con el CMI por no cumplir dicha entidad con el equilibrio contractual.

La SAAB en la actualidad se encuentra embargada por la CVC por no cobrar y trasladar la tasa retributiva, lo cual asciende a unos $2.700 millones de pesos.

El 23 de octubre se llevó a cabo una Audiencia Pública con los Gerentes de la SAAB e HIDROPACIFICO, para que dieran a conocer a la comunidad las estrategias para mejorar la prestación del servicio.

El 23 de Diciembre del 2013 la Contraloría Distrital emitió un comunicado para que se liquidara la SAAB, debido a la insolvencia económica de la Entidad.

Entre tanto, la Personería Distrital durante la vigencia 2013 y hasta marzo del 2014 atendió 513 quejas ciudadanas por la deficiente prestación del servicio, la falta de suministro en el preciado líquido y cobros excesivos en las facturas.

Ante esto, la Personería hizo uso de las herramientas jurídicas que tiene derecho el consumidor e hizo la respectiva atención, orientación y trámite pertinente dentro de su competencia para que la prestación del servicio fuera oportuna en conciliación con la empresa Hidropacifico y el reajuste económico por el aumento de las mismas. Todo esto resulto favorable y no hubo que llegar a reclamar ante la superintendencia de Servicios Públicos domiciliarios, como suele suceder ante los silencios administrativos de las empresas prestadoras de estos servicios.

Vale la pena aclarar, que la Personería no tiene la facultad de sancionar a las empresas prestadoras de servicio público domiciliario por deficiencias en el su operación, dado que esto, de acuerdo a la ley 142 de 1994, es potestad de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

Así mismo, la Personería y la Procuraduría adelantan investigaciones disciplinarias contra la Sociedad de Acueducto y Alcantarillado de Buenaventura. Estas investigaciones están en etapa de indagación preliminar y las decisiones de fondo se darán a conocer una vez se culmine el debido proceso. Hasta el momento, por el tema del agua potable, la Personería no ha archivado ningún proceso.

Por su parte, la Defensoría del Pueblo en el 2011 interpuso una acción popular con el objeto de respaldar el servicio del Agua que es un derecho fundamental en que todas las autoridades están obligadas a garantizar la prestación de este servicio. Esta acción se encuentra en el Juzgado Segundo Administrativo de Buenaventura, y a la fecha el Juez ordenó unas medidas cautelares, porque aún no ha culminado el proceso, ya que está en etapa de pruebas. Una de ellas, es la realización de un censo con 67 presidentes de los barrios, para verificar cuantos días se demoraba el suministro de agua en los diferentes barrios de la ciudad.

En el censo se detectó, según la Defensoría, que se demoraban algunos barrios hasta tres días en llegar el preciado líquido, situación que hizo al Juez ordenar que Hidropacifico suministrará día de por medio con carrotanques el agua potable, pero se ha evidenciado que no se ha cumplido, por ello, la Defensoría del Pueblo solicitó al Juzgado sanciones para los involucrados en la responsabilidad de dar cumplimiento a lo ordenado por el Juez, es decir, a la Alcaldía Distrital, la Sociedad de Acueducto y Alcantarillado y a Hidropacifico.

Vale la pena precisar que todos estos informes, recomendaciones y mecanismos de advertencia, han sido puestos en conocimiento del Honorable Concejo Distrital para que ejerzan el respectivo control político y coadyuven con el proceso que impera en el Comité de Moralización.

 

 

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Ultima actualizacion: Martes, 02 Jul 2024 - 15:40
Fecha Actual: Miércoles, 03 Jul 2024 - 00:31